Los alumnos que acrediten en forma fehaciente la aprobación de unidades curriculares en otras carreras de posgrado de la UNSAM o en otras universidades nacionales o privadas, o bien en universidades extranjeras debidamente reconocidas podrán solicitar el reconocimiento de equivalencias con las unidades curriculares previstas en el plan de estudios de su carrera.
Cada tramitación será individual y no sentará precedente.
Las unidades curriculares aprobadas sobre las cuales se soliciten equivalencias no podrán exceder los 10 (diez) años de la fecha de aprobación. Excepcionalmente, la Secretaria Académica, podrá sugerir la extensión de dicho plazo, cuando el solicitante adjuntara otro tipo de comprobantes de actualización.
La equivalencia podrá ser total, con lo que se otorgará la aprobación final de la unidad curricular solicitada, o parcial, con lo que se dará por aprobada la cursada, y se determinarán los contenidos acerca de los cuáles se evaluará al alumno en el examen final. La cursada que se dé por aprobada mediante una equivalencia parcial tendrá una validez de cuatro cuatrimestres contabilizados a partir de la fecha en que sea otorgada la equivalencia.
Los alumnos que soliciten equivalencias deberán presentar una solicitud por escrito mediante el formulario previsto a tal efecto, el cual será firmado de puño y letra por el interesado. Junto con este formulario se deberá acompañar la siguiente documentación en original legalizado y fotocopia:
Certificado consignando las calificaciones obtenidas, en original emitido por la institución de origen y legalizado por el Ministerio correspondiente (nacional o provincial).
Programas de las unidades curriculares aprobadas, foliados y legalizados por la institución de origen, con indicación de las cargas horarias de las mismas y bibliografía utilizada.
Si correspondiera, plan de estudios de la carrera de origen.
Se podrá aprobar por equivalencias hasta un máximo del 50% del total de unidades curriculares de una carrera.
En caso de solicitarse la aprobación por equivalencias de una unidad curricular obligatoria será necesario determinar que se ha cubierto por lo menos el 75 % (setenta y cinco por ciento) de los contenidos y los objetivos de formación exigidos por la para la unidad curricular de que se trate. Este requisito no será exigible en caso de tratarse de una unidad curricular optativa.
La solicitud y la documentación de respaldo presentada serán analizadas y evaluadas por el docente responsable de la unidad curricular correspondiente quien se expedirá recomendando la aprobación o desaprobación de la equivalencia, determinando en su caso, si se ha cubierto el porcentaje previsto para las unidades curriculares obligatorias. En base a este informe, la Dirección de la Carrera emitirá dictamen definitivo y la Secretaría Académica emitirá la disposición correspondiente.
Arancel (Trámite completo): $20-
Nueva Solicitud de equivalencias (FORMULARIO).doc (Descargar)